PRORROGA DE VIGENCIA POR APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL CONDUCTOR DEL SERVICIO DE AUTOMOVILES CON TAXIMETRO




Promulgación: 04/11/1996
Publicación: 14/11/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 996
  Visto: Las contribuciones especiales de seguridad social
correspondientes al personal de automóviles con taxímetro del
departamento de Montevideo.

  Resultando: Que por el Decreto Nº 269/996 del 3 de julio de 1996 se
estableció un período de transición a partir del mes de cargo abril de
1996 y hasta el mes de cargo setiembre de 1996 para adecuar la aplicación
del régimen de aportaciones a la seguridad social del personal conductor
de automóviles con taxímetro del departamento de Montevideo a las
disposiciones de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1996.

  Considerando: I) Que aún subsisten las razones que dieron motivo al
dictado del referido Decreto.

II) Que las partes empleadora y trabajadora del sector de referencia, con
la asistencia de representantes del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se encuentran reestudiando las condicionantes que dieron lugar en
el año 1996 a la fijación de un salario ficto.

III) Que en tales circunstancias resulta oportuno y conveniente prorrogar
la vigencia del Decreto Nº 269/996 de 3 de julio de 1996.

  Atento: A lo expuesto precedentemente.

                     El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Prorrógase la vigencia del Decreto Nº 269/996 de 3 de julio de 1996
hasta el mes de cargo diciembre de 1996, inclusive.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Comuníquese, publíquese, etc.

BATALLA - ANA LIA PIÑEYRUA - JUAN ALBERTO MOREIRA
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