{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "421" 
  ,"anioNorma" : 2003 
  ,"nombreNorma" : "UNIDADES O REPARTICIONES MILITARES COMO CENTROS DE PAGO. DESIGNACION DE DELEGADOS DE DICHOS CENTROS\r\n\r\n\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2003/11/04/18" 
    ,"fechaPromulgacion" : "28/10/2003" 
  ,"fechaPublicacion" : "04/11/2003" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2003 
  ,"pagina" : 765 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la gestión realizada por la Dirección General de los Servicios de \r\nlas Fuerzas Armadas en el sentido de disponer de un Delegado que la \r\nrepresente en las localidades del interior del país donde funcionan \r\nUnidades o Reparticiones Militares como Centros de Pago, de conformidad \r\ncon lo previsto por el Decreto 559/968 de 17 de setiembre de 1968.-\r\n\r\nRESULTANDO: que los artículos 2do. y 4to. del citado Decreto establecen \r\nel funcionamiento de Centros de Pago en Unidades y/o Reparticiones \r\nMilitares, para la percepción de las pasividades del personal y \r\npensionistas residentes en los lugares de influencia de las mismas.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: la necesidad de facilitar y simplificar los trámites que se \r\nefectúan en los servicios dependientes.-\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/421-2003/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Los señores Jefes de las Unidades y/o Reparticiones Militares que \r\nfuncionan como Centros de Pago, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto \r\n559/968 de 17 de setiembre de 1968, serán asimismo Delegados de la \r\nDirección General de los Servicios de las Fuerzas Armadas en las zonas de \r\ninfluencia de cada uno de dichos Centros.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/421-2003/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Los referidos Delegados mantendrán enlace directo con los Servicios de \r\nTutela Social, de Retiros y Pensiones y de Viviendas de las Fuerzas \r\nArmadas, para todos aquellos asuntos y trámites que, de acuerdo a sus \r\nfunciones, sean necesarios establecer con las Unidades y/o Reparticiones \r\nMilitares, personal militar en actividad o retiro y pensionistas que \r\ntengan asiento o residan en la zona de influencia de cada uno de los \r\nCentros.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/421-2003/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Las coordinaciones para el funcionamiento del nuevo sistema podrán \r\nrealizarse en forma directa.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/421-2003/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General de los Servicios \r\nde las Fuerzas Armadas a sus efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - YAMANDU FAU\r\n\r\n\r\n " 
 }