PAGO POR APORTES DE CONTRIBUCIONES PATRONALES RURALES - SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 30/10/1996
Publicación: 14/11/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 978

Artículo 3

  La aportación patronal con carácter definitivo se hará efectiva de
acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en las fechas indicadas en
el artículo primero.
Referencias al artículo
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