{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "420" 
  ,"anioNorma" : 2016 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL ART. 7 DEL DECRETO 84/016, RELATIVO A LA LICENCIA POR PATERNIDAD DE LOS FUNCIONARIOS MILITARES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2017/01/05/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "26/12/2016" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/01/2017" 
  ,"vistos" : "    VISTO: lo dispuesto por el artículo 7 del Decreto 84/016 de 17 de marzo de 2016.\r\n\r\n   RESULTANDO: que la disposición referida establece que el funcionario militar tendrá derecho a una licencia por paternidad de diez días hábiles.\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que si bien el Personal Militar, por la naturaleza de sus funciones posee un Estatuto propio y diverso al Estatuto del Funcionario, la Administración ha estado atenta a incorporar en el mismo las regulaciones que por su naturaleza han de ser comunes a los funcionarios del Estado.\r\n\r\n   II) que la sanción del Decreto 84/016 de 17 de marzo de 2016, estuvo motivada en regular las licencias por maternidad, legitimación adoptiva, paternidad y lactancia para el Personal Militar, otorgándoles un tratamiento similar al previsto para el Personal Civil de la Cartera.\r\n\r\n   III) que debido a la naturaleza del vínculo funcional con la Administración los funcionarios militares poseen Dedicación Integral, lo que implica que pueden ser llamados a cumplir servicio tanto en días hábiles como inhábiles.\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Este artículo dio nueva redacción a:</font></b> Decreto Nº 84/016 de 17/03/2016 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/84-2016/7\" >7</a>.\r\n" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
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  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - JORGE MENÉNDEZ " 
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