COMERCIO EXTERIOR. EXONERACION TRIBUTARIA. PAPAS PARA CONSUMO




Promulgación: 28/08/1969
Publicación: 02/09/1969

Resumen:

Libérase del pago de derechos de importación, adicionales y demás gravámenes las importaciones de papas para consumo en las cantidades y fechas determinadas y establécese normativa para su comercialización.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 430/969 de 
03/09/1969 artículo 1.

Artículo 10


		
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