APROBACION DEL PLAN DE BIOINSUMOS FORMULADO POR EL MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 20/02/2025
Publicación: 07/03/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el proyecto de Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) formulado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP);

   RESULTANDO: I) que por el inciso tercero del artículo 237 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023, se encomendó al MGAP la elaboración del mencionado Plan, para su posterior aprobación por el Poder Ejecutivo;

   II) que por Resolución del MGAP N° 360/024, de 10 de abril de 2024, se dispuso la conformación de una Comisión de Bioinsumos (ComBio) en el ámbito de la Secretaría de Estado, con el fin de proyectar el mencionado PNB y dar seguimiento a su implementación y funcionamiento, una vez aprobado por el Poder Ejecutivo;

   III) que el 27 de diciembre de 2024, la ComBio dio cumplimiento al cometido asignado, y remitió a la Unidad Ejecutora 009 "Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria" (DIGEBIA) del MGAP, en su carácter de Coordinadora de la Comisión a todos los efectos administrativos y de funcionamiento (ordinal 3° de la citada Resolución del MGAP N° 360/024), su informe y Plan elaborados, a los efectos de su consideración y aprobación superior;

   CONSIDERANDO: I) que el Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) elaborado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), tiene por objetivo general incrementar la oferta y demanda de bioinsumos en el país, fomentando su producción, desarrollo, innovación y registro, con el fin de promover la incorporación y adopción de dichas herramientas en la producción de los distintos sectores agropecuarios, para, de ese modo, contribuir al desarrollo sostenible;

   II) que, en la línea expresada, dicho PNB se estructura sobre la base de cuatro ejes estratégicos, y sus distintas acciones específicas, para la promoción, desarrollo y uso de bioinsumos. Ellos son: 1) Innovación e investigación; 2) Fortalecimiento de las capacidades en aspectos regulatorios; 3) Gestión de la información y el conocimiento; y 4) Incentivos a la producción de bioinsumos; a los que se suma un eje transversal, que incluye la generación de un espacio de articulación de los actores vinculados a la temática;

   III) que, al mismo tiempo, en su Plan de Acción para la Bioeconomía Sostenible 2024-2026, el MGAP incorporó como acción priorizada la formulación del PNB, lo que se compadece y armoniza con el mandato impuesto en ese sentido por el inciso tercero del artículo 237 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;

   IV) que, en razón de lo expresado, se estima pertinente, oportuno y conveniente aprobar el PNB estructurado por el MGAP;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) formulado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), que se adjunta como Anexo (*) y forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   El MGAP, a través de la Comisión de Bioinsumos (ComBio) creada por Resolución del MGAP N° 360/024, de 10 de abril de 2024, y sus eventuales modificativas o complementarias, dará seguimiento a la implementación y funcionamiento del PNB, con amplias facultades a esos efectos.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - FERNANDO MATTOS
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