El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el proyecto de Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) formulado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP);
RESULTANDO: I) que por el inciso tercero del artículo 237 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023, se encomendó al MGAP la elaboración del mencionado Plan, para su posterior aprobación por el Poder Ejecutivo;
II) que por Resolución del MGAP N° 360/024, de 10 de abril de 2024, se dispuso la conformación de una Comisión de Bioinsumos (ComBio) en el ámbito de la Secretaría de Estado, con el fin de proyectar el mencionado PNB y dar seguimiento a su implementación y funcionamiento, una vez aprobado por el Poder Ejecutivo;
III) que el 27 de diciembre de 2024, la ComBio dio cumplimiento al cometido asignado, y remitió a la Unidad Ejecutora 009 "Dirección General de Bioseguridad e Inocuidad Alimentaria" (DIGEBIA) del MGAP, en su carácter de Coordinadora de la Comisión a todos los efectos administrativos y de funcionamiento (ordinal 3° de la citada Resolución del MGAP N° 360/024), su informe y Plan elaborados, a los efectos de su consideración y aprobación superior;
CONSIDERANDO: I) que el Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) elaborado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), tiene por objetivo general incrementar la oferta y demanda de bioinsumos en el país, fomentando su producción, desarrollo, innovación y registro, con el fin de promover la incorporación y adopción de dichas herramientas en la producción de los distintos sectores agropecuarios, para, de ese modo, contribuir al desarrollo sostenible;
II) que, en la línea expresada, dicho PNB se estructura sobre la base de cuatro ejes estratégicos, y sus distintas acciones específicas, para la promoción, desarrollo y uso de bioinsumos. Ellos son: 1) Innovación e investigación; 2) Fortalecimiento de las capacidades en aspectos regulatorios; 3) Gestión de la información y el conocimiento; y 4) Incentivos a la producción de bioinsumos; a los que se suma un eje transversal, que incluye la generación de un espacio de articulación de los actores vinculados a la temática;
III) que, al mismo tiempo, en su Plan de Acción para la Bioeconomía Sostenible 2024-2026, el MGAP incorporó como acción priorizada la formulación del PNB, lo que se compadece y armoniza con el mandato impuesto en ese sentido por el inciso tercero del artículo 237 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023;
IV) que, en razón de lo expresado, se estima pertinente, oportuno y conveniente aprobar el PNB estructurado por el MGAP;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y disposiciones citadas;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Apruébase el Plan Nacional de Bioinsumos (PNB) formulado por el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), que se adjunta como Anexo (*) y forma parte integrante del presente Decreto.
El MGAP, a través de la Comisión de Bioinsumos (ComBio) creada por Resolución del MGAP N° 360/024, de 10 de abril de 2024, y sus eventuales modificativas o complementarias, dará seguimiento a la implementación y funcionamiento del PNB, con amplias facultades a esos efectos.