DECLARACION DE BIENES PRESCINDIBLES. BIENES FISCALES. DURAZNO




Promulgación: 02/02/2005
Publicación: 11/02/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 248
VISTO: que en aplicación de lo establecido en los artículos 732 a 736 de
la Ley N° 16.736 de 5 de enero de 1996, el Decreto N° 372/003 de 10 de
setiembre de 2003, declaró prescindible para el desenvolvimiento de los
cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble padrón
3704 de la ciudad de Durazno y dispuso su inclusión en el anexo del
Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002.

RESULTANDO: que actualmente se proyecta asignar destino al inmueble

CONSIDERANDO: que a tal fin corresponde excluirlo del anexo del Decreto
65/002

ATENTO: a lo expuesto

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Exclúyese del listado de bienes declarados prescindibles anexo al
Decreto 65/002 de 8 de febrero de 2002, el inmueble ubicado en la
localidad catastral Durazno del departamento de Durazno, padrón 3704.

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

 Comuníquese a la Comisión Ejecutiva para la Enajenación de Inmuebles y
Vehículos del Estado, y Publíquese.

BATLLE - ALEJO FERNANDEZ - WILLIAM EHLERS - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU - JOSE
AMORIN - GABRIEL PAIS - JOSE VILLAR - MARIO ARIZTI - CONRADO BONILLA - 
MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA
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