{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "42" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION DE MODIFICACION DE TARIFAS DE OSE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/01/20/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/01/1975" 
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  "tomo" : "1" 
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  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 69 
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  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/42-1975?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "      Visto: estos antecedentes relativos a la gestión que en cumplimiento\r\nde lo dispuesto por el artículo 7º de la ley 13.720 de 16 de diciembre de\r\n1968 formula la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, a\r\nefectos de modificar los precios de determinados Servicios a su cargo.\r\n\r\n     Resultando: I) Que, al respecto, la citada Administración\r\nmanifiesta: a) Que los precios que se están cobrando por los trabajos de\r\nconexiones de agua y desagüe, empalmes de ramales provisorios de agua y\r\ndesagüe, bocas de descarga, medidores de agua, cortes y rehabilitaciones\r\nde servicio, iniciación del trámite para conexiones en el Servicio\r\nMontevideo y en los del Interior del país, así como los análisis que\r\nrealiza la División Laboratorios para terceros, fueron aprobados en su\r\noportunidad por decreto del Poder Ejecutivo 157/974 de 1º de marzo de\r\n1974, y b) Que los nuevos precios para los referidos servicios, cuya\r\naprobación se solicita, fueron actualizados de acuerdo a las variaciones\r\nque se han operado en el costo de mano de obra y materiales,\r\nfundamentalmente, y siguiendo los lineamientos trazados, en nombre del\r\nPoder Ejecutivo, por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;\r\n\r\n     II) Que, al informar al respecto (fojas 28 y vta.), dicha Oficina\r\npresta su aprobación a lo solicitado por la Administración de las Obras\r\nSanitarias del Estado.\r\n\r\n     Considerando: atendible, por los motivos en que la misma se funda,\r\nla solicitud formulada por el citado Organismo.\r\n\r\n     Atento: a lo preceptuado por el artículo 7º de la ley 13.720 de 16\r\nde diciembre de 1968,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Autorízase a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado para\r\nestablecer los siguientes precios para los Servicios a su cargo, que a\r\ncontinuación se detallan: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/42-1975/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Para la iniciación del trámite de nuevas conexiones de agua a abonar al\r\ncontado para el Servicio Montevideo y de agua o desagüe en los Servicios\r\ndel Interior deberá abonarse la suma de $ 10.000 (diez mil pesos)\r\ncantidad que se acreditará al presupuesto respectivo en el momento de su\r\npago. Para las conexiones a abonar a plazos, el aporte para la iniciación\r\ndel trámite será el equivalente al valor de una cuota. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Los interesados podrán optar por el tipo de conexión de agua en caño de\r\nplomo o polietileno, indicándose que el Organismo ofrece garantía de por\r\nvida para la conexión de plomo y por diez años para la de polietileno. " 
  } 
  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : "   En los Servicios del Interior, todas las reposiciones de pavimentos de\r\ncalzada serán de cargo de los interesados y sus valores no están\r\nincluidos en los costos y conexiones detallados precedentemente. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/42-1975/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración de las Obras\r\nSanitarias del Estado a sus efectos. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS " 
 }