APROBACION DE TARIFAS DE LA DIRECCION GENERAL DE TECNOLOGIA NUCLEAR. SERVICIO DE ANALISIS ESPECTOMETRICOS




Promulgación: 08/09/1989
Publicación: 12/01/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la gestión de la Dirección Nacional de Tecnología Nuclear tendiente a que se fijen los precios de sus servicios por análisis espectrométrico.

   Resultando: la Asesoría Jurídica de Ministerio de Industria y Energía no tiene observaciones de índole jurídica que formular.

   Considerando: que de acuerdo a lo establecido en el artículo 166 de la ley 15.903 del 10 de noviembre de 1987, se ha tenido en cuenta el costo real y los costos directos de realización y la amortización de los equipos que se utilizan.

   Atento: a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica y lo establecido en el artículo 166 de la ley 15.903 del 10 de noviembre de 1987,

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjase en la suma de N$ 17.630,00 (nuevos pesos diecisiete mil seiscientos treinta) el costo de cada análisis espectrométrico de la Dirección General de Tecnología Nuclear.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN
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