INCORPORACION AL ANEXO I DEL DECRETO 19/017, LAS POSICIONES ARANCELARIAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 17/12/2018
Publicación: 31/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 19/017 de 24 de enero de 2017.

   RESULTANDO: que la citada norma establece los ítems arancelarios que disponen de la tasa de devolución de tributos a las exportaciones.

   CONSIDERANDO: que corresponde acceder a la solicitud de incorporación de los productos con ítems arancelarios 3002.90.10.00 "Reactivos de origen microbiano para diagnóstico", 3002.90.30.00 "Tuberculinas", 3004.10.19.10 "De uso veterinario registrados en el M.G.A.P.", y 3004.90.55.00 "Nitrovin; moxidectina".

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 16.492, de 2 de junio de 1994, en la redacción dada por el artículo 362 de la Ley N° 19.149, de 24 de octubre de 2013 y sus Decretos Reglamentarios,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Incorpórase al Anexo I del Decreto N° 19/017, de 24 de enero de 2017, la siguiente posición arancelaria:

NCM
%
3002.90.10.00
3
3002.90.30.00
3
3004.10.19.10
3
3004.90.55.00
3

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

   TABARÉ VÁZQUEZ - DANILO ASTORI - CAROLINA COSSE - ENZO BENECH
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