OTORGAMIENTO DE BONIFICACION SOBRE OBLIGACIONES JUBILATORIAS PATRONALES. DICIEMBRE 2007




Promulgación: 05/11/2007
Publicación: 12/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1054
VISTO: la facultad concedida al Poder Ejecutivo en el artículo 9º de la
Ley Nº 17.963, de 19 de mayo de 2006.

CONSIDERANDO: que habiéndose cumplido con los objetivos en materia de
recaudación por parte del Banco de Previsión Social, resulta pertinente
ejercer la opción establecida por la norma legal, otorgando, a los
contribuyentes buenos pagadores, una bonificación del 10% sobre las
obligaciones jubilatorias patronales del mes de diciembre de 2007.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 De acuerdo a lo establecido en artículo 9º de la Ley Nº 17.963 de 19 de
mayo de 2006, los contribuyentes del Banco de Previsión Social que
hubieren cumplido, dentro de los plazos legales y reglamentarios, con
todas sus obligaciones correspondientes al período mayo/2006 a abril/2007,
gozarán de una bonificación del 10% (diez por ciento) sobre las
obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de cargo
diciembre 2007, que se pagan en enero del año 2008.

Artículo 2

 Para la instrumentación de lo precedentemente dispuesto, serán de
aplicación los mecanismos que oportunamente estableciera el Banco de
Previsión Social para la ejecución del artículo 8º de la Ley Nº 17.963
citada, con los ajustes correspondientes en virtud del nuevo período
considerado.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - EDUARDO BONOMI
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