{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "417" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE CREDITO A LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. IMPUESTO DE CONTRIBUCION AL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/10/28/12" 
    ,"fechaPromulgacion" : "24/10/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/10/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 1077 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: el Convenio suscrito entre los países miembros del Mercado Común\r\ndel Sur - Mercosur y la Comunidad Europea por el cual este Organismo\r\nhabrá de financiar el Proyecto \"Cooperación Aduanera UE - Mercosur\".-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el artículo 70 del Título 10 del Texto Ordenado 1996,\r\nacuerda a los Organismos estatales que no sean contribuyentes del\r\nImpuesto al Valor Agregado un crédito por el monto del referido impuesto\r\nincluido en las adquisiciones de bienes y servicios necesarios para la\r\nejecución de Proyectos financiados por Organismos Internacionales y por\r\nel monto financiado por éstos.-\r\n\r\nII) que igual tratamiento corresponde aplicar en el caso del Impuesto de\r\nContribución al Financiamiento de la Seguridad Social, en mérito a la\r\nremisión que la normativa vigente prevé para este tributo.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: necesario establecer las condiciones en que dichos créditos\r\nhabrán de hacerse efectivos.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/417-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Otórgase a la Dirección Nacional de Aduanas - Unidad Ejecutora del\r\nMinisterio de Economía y Finanzas un crédito por los Impuesto al Valor\r\nAgregado y de Contribución a la Financiación de la Seguridad Social,\r\nincluidos en las adquisiciones de bienes y servicios con cargo a la\r\ncontribución financiera de la Comunidad Europea, para la ejecución del\r\nProyecto de \"Cooperación Aduanera UE - Mercosur\" (Convenio ALR/B7 -\r\n3110/IB/1999/0012.-\r\nDichos créditos serán materializados mediante certificados de crédito\r\nnominativos en las condiciones que establezca la Dirección General\r\nImpositiva.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/417-2005/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - MARIO BERGARA \r\n " 
 }