Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto Nº 545/993, de 26 de noviembre de 1993, por el cual se
aprobó la estructura orgánica y presupuestal de los programas y unidades
ejecutoras que integran el Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca" a partir del 1º de enero de 1994;
Resultando: se han constatado errores y omisiones en organigramas y
planillados de cargos y funciones contratadas que forman parte de ese
decreto y en disposiciones consecuentes de lo establecido por los Arts.
194 de la ley Nº 16.320, de 1º de noviembre de 1992 y 56 de la ley Nº
16.462, de 11 de enero de 1994;
Considerando: que es necesario modificar el decreto de referencia a fin
de subsanar las deficiencias observadas;
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Sustitúyese el organigrama de la Unidad Ejecutora 010 "Dirección de
Laboratorios Veterinarios Miguel C. Rubino" del Programa 05 "Servicios
Ganaderos" del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca",
según se diagrama en el que se adjunta e integra este decreto y en el
cual, el Departamento de Patología Clínica depende de la División
Patología y no de la División Bacteriología, y la División Control de
Zooterápicos pasa a denominarse División de Control de Productos
Veterinarios. (*)
(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el
Diario Oficial correspondiente.
Sustitúyese el planillado de cargos y funciones contratadas de las
Unidades Ejecutoras del Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y
Pesca" aprobado por el Art. 1 del decreto precedentemente citado, por el
que se anexa y forma parte de este decreto.