FUNCIONARIOS PUBLICOS - MISIONES OFICIALES




Promulgación: 10/09/1990
Publicación: 25/09/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: el decreto 283/988, de 23 de marzo de 1988 que reglamenta el
artículo 9 de la ley 15.903, de 10 de noviembre de 1987, por el cual se
concede un Anticipo de Tesorería a la Tesorería General de la Nación a fin
de atender el pago al contado de los viáticos de las misiones oficiales al
exterior de los funcionarios públicos que representen a la República, que
viajen con cargo a fondos de los Incisos 02 al 26.

   Resultando: que el Anticipo otorgado por el artículo 1 del decreto ya
citado resultó completamente insuficiente para el ejercicio 1990.

   Considerando: I) Que el procedimiento establecido por el decreto
283/988 citado a la fecha no ha logrado el obje//Texto ilegible en el
original//

   II) Que a fin de solucionar la situación planteada se hace necesario
incrementar el fondo permanente autorizado.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Increméntase el Anticipo de Tesorería otorgado a la Tesorería General
de la Nación por el decreto 283/988, de 23 de marzo de 1988 en el importe
de dólares 950.000.00 (novecientos cincuenta mil dólares de los Estados
Unidos de América), con carácter de Fondo Permanente a efectos de atender
el pago al contado de los viáticos de las misiones oficiales al exterior
de los funcionarios públicos que representen a la República, que viaje con
cargo a fondos de los Incisos 02 a 26. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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