Visto: el régimen establecido para los agentes turísticos en el
exterior de la República por el decreto 386/991 de 25 de julio de 1991.
Considerando: que es menester introducirle modificaciones destinadas
a facilitar su funcionamiento operativo.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 386/991 de 25/07/1991
artículo 2.
LACALLE HERRERA - JOSE VILLAR GOMEZ - HECTOR GROS ESPIELL