REGLAMENTACION DE LA LEY 14.827, QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES




Promulgación: 12/08/1981
Publicación: 02/09/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 700
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.827 de 20/09/1978.

CAPITULO III - DE LOS SOCIOS

Artículo 6

   (Del derecho de receso). En la asamblea general en que se trate el
aumento de la responsabilidad, la votación será tomada en forma nominal,
registrándose el nombre de los asociados que voten en forma negativa,
incorporándose la lista en el Acta respectiva. Para ejercer el derecho de
receso el disidente deberá enviar comunicación escrita dirigida al Consejo
Directivo dentro del plazo que establezca el Estatuto.
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