Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.827 de 20/09/1978.
CAPITULO II - DE LA CONSTITUCION Y REFORMA
Artículo 4
(Publicación en el "Diario Oficial"). La publicación en el "Diario
Oficial" de la síntesis de los estatutos deberá contener:
a) Fecha de fundación;
b) Denominación;
c) Objeto social;
d) Domicilio;
e) Tipo de responsabilidad patrimonial;
f) Valor de la parte social y capital suscrito e integrado;
g) Forma de integración de los órganos sociales.