Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.827 de 20/09/1978.
CAPITULO VI - DEL SISTEMA ELECTORAL
Artículo 22
(Acto Eleccionario). La elección de autoridades, se regirá de acuerdo
con los principios contenidos en los estatutos y las disposiciones de
estas reglamentación.