REGLAMENTACION DE LA LEY 14.827, QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COOPERATIVAS AGROINDUSTRIALES




Promulgación: 12/08/1981
Publicación: 02/09/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1981
  •    Página: 700
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.827 de 20/09/1978.

CAPITULO IV - DE LA RESPONSABILIDAD Y SUSPENSION DE SERVICIOS

Artículo 11

   (De la Responsabilidad Suplementada). Las Cooperativas son de
responsabilidad suplementada, cuando el estatuto adopte la forma
establecida en el artículo 7, numeral 2 de la ley que se reglamenta, y la
responsabilidad del asociado por las obligaciones que contraiga la
entidad, se limite al monto establecido estatutariamente.
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