Constitúyese un Fondo de Reserva para atender incrementos de costos
debidamente justificados y otros imprevistos de carácter urgente que se
produzcan en el ejercicio 1979, con cargo al monto establecido en el
artículo 1º, en la suma de N$ 136:729.000.00 (nuevos pesos ciento treinta
y seis millones setecientos veintinueve mil). (*)