APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2007




Promulgación: 05/11/2007
Publicación: 13/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1033
Referencias a toda la norma
VISTO: El Proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente al ejercicio
2007;

CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen;

ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébese el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Central del Uruguay, a regir desde el primero de
enero de 2007, de acuerdo con el siguiente detalle:

                                                  $               $
I- INGRESOS                                                 6.211.220.835
1. Intereses                                4.789.907.094
2. Utilidades de cambio                       102.900.000
3. Comisiones                                   9.193.928
4. Otros ingresos                           1.309.219.813

II- PRESUPUESTO OPERATIVO                                    1.179.578.140

0       SERVICIOS PERSONALES                                  776.885.577
01      Retribuciones cargos permanentes      424.579.429
011     Sueldo básico de cargos               310.616.245
        Sueldo de Directores                    1.393.740
012     Incremento por mayor horario
        permanente                             54.527.412
013     Dedicación total                       57.498.144
015     Por gastos representación en el país
        con aportes                               543.888
02      Retrib. pers. contratado funciones
        permanentes                                     0
03      Retribuc. pers. contr. func.
        no permanentes                         36.024.000
031     Fondo contrataciones Ley Nº 17.556     36.024.000
04      Retribuciones complementarias          23.382.000
042     Funcionarios de otros organismos
        en comisión                             3.120.000
043     Compensaciones estructura anterior
        al 1/4/93                                 264.000
044     Prima por antigüedad                   10.650.000
045     Quebrantos de caja                      3.120.000
046     Diferencias por subrogación y
        asign. funciones                        6.000.000
048     Adelanto a cuenta (retribución por
        reestructura)                             228.000
05      Retribuciones diversas especiales      63.360.120
051     Compensaciones por semana móvil           860.880
052     Compensación trabajo en hora extra      6.216.888
053     Compensación personal por
        reestructura                            3.600.000
054     Compensación estructura vigente         1.326.000
055     Compensación trabajo horario especial     720.000
056     Prima a la eficiencia                           0
058     Aportes personales a cargo Banco
        Central del Uruguay                    12.659.088
059     Sueldo anual complementario            37.977.264
06      Beneficios al personal                 52.751.760
062     Subsidio ex Directores (Ley 15.900)     2.471.760
064     Contribuciones por asistencia médica   44.400.000
065     Otros beneficios al personal            5.880.000
07      Beneficios familiares                   1.852.212
071     Prima por matrimonio                       20.748
072     Hogar constituido                       1.789.968
073     Prima por nacimiento                       41.496
074     Prestación por hijo                             0
08      Cargas legales sobre servicios
        personales                            173.904.056
081     Aporte patronal sistema de
        seguridad soc. s/retrib.              156.389.983
082     Impuesto sobre retrib. personales       5.085.853
083     Aporte patronal funcionarios en
        comisión                                  959.400
084     Impuesto s/retrib. personales
        personal comisión                          31.200
085     Aporte patronal sist. seg. social
        Contr. Término                         11.077.380
086     Aporte s/retrib. personales contr.
        a término                                 360.240
09      Otras retribuciones                     1.032.000
091     Ley 16.095 Art. 42                      1.032.000
1       BIENES DE CONSUMO                                     152.127.441
2       SERVICIOS NO PERSONALES                               237.865.331
5       TRANSFERENCIAS                                          1.000.000
7       GASTOS NO CLASIFICADOS                                 11.699.791

III OPERACIONES FINANCIERAS                                24.677.153.645

6       INTERESES Y OTROS GASTOS DE DEUDA   3.102.029.433
        Intereses y gastos de deuda interna 2.403.902.325
        Intereses y gastos de deuda externa   698.127.108
8       APLICACIONES FINANCIERAS           21.575.124.212
        Amortización deuda interna          8.490.784.184
        Amortización deuda externa         13.084.340.028

IV PRESUPUESTO DE INVERSIONES                                 121.328.467

32      Máquinas, mobiliario y equipos
        de oficina                             33.793.757
34      Equipam. Educacional, cultural
        y recreativo                              234.710
38      Construcciones, mejoras y repar.
        mayores                                17.600.000
39      Otros bienes de uso                    69.700.000

La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman
parte de este Decreto.
El Grupo 0 "Servicios Personales" se expresa al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 2006.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están
estimadas a la cotización de $ 24.50 (veinticuatro pesos uruguayos con
50/100) por dólar estadounidense. Las restantes partidas en moneda
nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de
2006.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 414/007 de 
05/11/2007.

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI

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