VISTO: que por Ley No. 13.777 de 17 de octubre de 1969 la República
Oriental del Uruguay ratificó la Convención de las Naciones Unidas sobre
el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1951 y su Protocolo
modificativo, adoptado por resolución de la Asamblea General en 1967;
RESULTANDO: I) que el citado instrumento internacional establece como
obligación a cargo del Estado la concesión, denegación y cese de la
condición jurídica del estatuto de refugiado, respecto de aquellos
extranjeros que huyen de su país de origen e ingresan a territorio
nacional aduciendo la existencia de un temor fundado de ser perseguidos
por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado
grupo social u opiniones políticas;
II) que en los últimos decenios el número de refugiados de todas las
procedencias ha crecido considerablemente en función del incremento de
los conflictos armados y la violencia generalizada que afecta a varios
Estados del mundo;
III) que en este contexto, el análisis de las solicitudes de refugio
en territorio uruguayo requieren la acción coordinada del Estado a través
de un mecanismo permanente de calificación y consideración de estos
casos;
CONSIDERANDO: que resulta adecuado crear una Comisión Interministerial
de alto nivel integrada por los Ministros de Relaciones Exteriores e
Interior que actúe asistida de una Secretaría Técnica encargada de
recepcionar y diligenciar la prueba acreditatoria respecto al refugiado;
ATENTO: a lo antes dispuesto en la Ley No. 13.777 que aprueba la
Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de
1967.;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
La Comisión actuará asistida de una Secretaría Técnica integrada con
un representante de la Dirección Nacional de Migración del Ministerio del
Interior, un representante de la Dirección de Derechos Humanos y Derecho
Humanitario del Ministerio de Relaciones Exteriores y un delegado de la
agencia que representa los intereses de la Oficina del Alto Comisionado
de las Naciones Unidas para los Refugiados en Montevideo. La citada
Comisión tendrá su sede en el Ministerio de Relaciones Exteriores.