{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "414" 
  ,"anioNorma" : 1980 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, CRA. JULIO 1980. AGOSTO 1980" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1980/08/05/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/07/1980" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/08/1980" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 1980 
  ,"pagina" : 246 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: el sistema de actualización de los precios de arrendamientos\r\nprevistos por la ley 14.219, de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n   Resultando: I) Que el artículo 15 de la citada ley compete al Poder\r\nEjecutivo la fijación mensual del valor de la Unidad Reajustable con la\r\nfinalidad de determinar los incrementos a considerar en cada ajuste de\r\nalquiler.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por el Banco Hipotecario del Uruguay sobre la\r\nvariación del Indice Medio de Salarios elaborado por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos y la Asesoría Económico-Financiera del Ministerio\r\nde Economía y Finanzas,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/414-1980/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase el valor de la Unidad Reajustable correspondiente al mes de\r\njulio de 1980, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley 14.219,\r\nde 4 de julio de 1974 y modificativas en N$ 85,90 (ochenta y cinco nuevos\r\npesos con 90/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/414-1980/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/414-1980/2" 
 ,"textoArticulo" : "    De acuerdo con el valor precedentemente establecido y de conformidad\r\ncon lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 14.219 citada, la\r\ndeterminación de los alquileres que se actualizan en el mes de agosto de\r\n1980, se efectuará multiplicando el último alquiler por el índice 1.7877.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/414-1980/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/414-1980/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI\r\n " 
 }