{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "413" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "CONMEMORACION DEL DIA DEL SOLDADO ORIENTAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/11/05/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/10/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "05/11/2002" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 1291 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército \r\ngestiona la institución del \"Día del Soldado Oriental\" el 24 de mayo de \r\ncada año, como recordatorio y homenaje a todos los integrantes del \r\nEjército Nacional caídos gloriosamente en cumplimiento del deber militar, \r\nen todas las épocas, circunstancias y lugares.-\r\n\r\nRESULTANDO: I) que existen actualmente diferentes formas de tributar \r\nhomenaje a quienes han ofrendado su vida en diferentes circunstancias del \r\nServicio, como también se producen omisiones atribuibles a involuntarias \r\ncircunstancias.-\r\n\r\nII) que el acontecimiento histórico de mayor relevancia y antigüedad lo \r\nconstituye el fallecimiento del Capitán don Manuel Antonio Artigas \r\nproducido el 24 de mayo de 1811, a consecuencia de graves heridas que \r\nsufriera durante el \"Combate San José\", que tuvo lugar el 26 de abril de \r\ndicho año durante la primera campaña del General don José G. Artigas, \r\nprevia a la \"Batalla de Las Piedras\".-\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que nutre las más ricas tradiciones del Ejército \r\nNacional, el reconocimiento permanente a quienes pasaron por sus filas \r\nsembrando el ejemplo en los valores que nuestra Institución cultiva.-\r\n\r\nII) que resulta de justicia reconocer a quienes han ofrendado su vida en \r\ncircunstancias diversas de las actividades del Servicio en el \r\ncumplimiento del deber militar, sentimiento profundo que impregna las \r\ndistintas situaciones en que se inmolaron en acto de servicio, con el \r\ninconmesurable dolor de los familiares y el padecimiento de los camaradas \r\nmás allegados, que no admiten establecer diferencias en el homenaje y el \r\nrecuerdo de cada uno de los fallecidos en las mencionadas \r\ncircunstancias.-\r\n\r\nIII) que la denominación de \"Día del Soldado Oriental\" se considera \r\nadecuada al acontecimiento histórico referido, dado en que en dicho acto \r\nse refleja claramente el espíritu del Soldado Oriental, a través de la \r\nbravura y entrega del Capitán don Manuel Antonio Artigas.-\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando \r\nGeneral del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del \r\nMinisterio de Defensa Nacional.-\r\n\r\n                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                       \r\n                                                                          \r\n                                DECRETA:                                  \r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/413-2002/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Institúyese el día 24 de mayo de cada año, como el \"Día del Soldado caído en Acto del Servicio\", como recordatorio y homenaje a todos los integrantes de la Fuerza caídos gloriosamente en cumplimiento del deber militar, en todas las épocas, circunstancias y lugares. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 140/010 de 26/04/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/140-2010/1\" >1</a>.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/413-2002/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 413/002 de 29/10/2002 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/413-2002/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/413-2002/2" 
 ,"textoArticulo" : "   En el día mencionado en el artículo precedente, se rendirá tributo con la adecuada actitud de recogimiento y respetuosa reflexión que impone la conmemoración, en todas las Reparticiones del Ejército Nacional en el territorio nacional y en toda misión en el extranjero. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 140/010 de 26/04/2010 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/140-2010/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 413/002 de 29/10/2002 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/413-2002/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/413-2002/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La presente disposición deja sin efecto las existentes al respecto a \r\nnivel de la Fuerza.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/413-2002/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército para su \r\nconocimiento y efectos pertinentes. Cumplido, archívese.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - YAMANDU FAU - GUILLERMO VALLES\r\n\r\n\r\n " 
 }