VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley 18.719 de 27 de diciembre
de 2010.
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a
instancias de los Organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del
Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los Cargos vacantes a efectos
de la transformación de los que se consideren necesarios para su
funcionamiento, hasta tanto se apruebe la Reestructura Organizativa y de
Puestos de Trabajo del Inciso correspondiente.
CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Defensa Nacional.
II) que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría
General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos
solicitadas.
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 62
de la Ley 18.719 de 27 de diciembre de 2010 y por el Decreto 334/011 de
21 de setiembre de 2011.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorizar la transformación de los Cargos vacantes correspondientes a la
Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", del
Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", en los Cargos que se proponen
en el Anexo I)(*), que se adjunta y se considera parte integrante del
presente Decreto.