{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "410" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION LEY Nº 18.172 SOBRE PARTIDAS POR DEDICACION EXCLUSIVA. INSPECTORES DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/11/12/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/11/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/11/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 1007 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b>\r\n      Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículos <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18172-2007/240\" >240</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18172-2007/241\" >241</a>, <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18172-2007/242\" >242</a> y <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/18172-2007/243\" >243</a>,\r\n      Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/17930-2005/324\" >324</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: Lo dispuesto por el Art. 240 y siguientes de la Ley 18.172 y Art.\r\n324 de la Ley 17.930.\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que según se desprende de la referida disposición y en\r\nvirtud del régimen de dedicación exclusiva implementado en la Inspección\r\nGeneral de Trabajo se dispuso de una partida de $ 42.915.000 (cuarenta y\r\ndos millones novecientos quince mil pesos uruguayos) anuales para el\r\nejercicio 2007 y de una partida de $ 57.217.000 (cincuenta y siete\r\nmillones doscientos diecisiete mil pesos uruguayos) anuales a partir del\r\nejercicio 2008, incrementándose a tales efectos el crédito presupuestal\r\ncorrespondiente al Inciso 13 \"Ministerio de Trabajo y Seguridad Social\".\r\n\r\nII) Por tal razón es menester reglamentar la norma a fin de que la partida\r\n2007 sea efectivizada en el marco del nuevo régimen dispuesto.\r\n\r\nIII) Es necesario asimismo, proceder a la reglamentación del sistema de\r\nlocomoción a que alude el citado artículo para el traslado de los\r\ninspectores a fin de cumplir su función.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que en el marco de la dedicación exclusiva que ya rige en\r\nesta Inspección General a los inspectores de trabajo que han hecho uso de\r\nla opción prevista en los Art. 240 al 243 de la Ley 18.172 les corresponde\r\nel pago de la remuneración retroactiva, a la fecha de la aceptación de la\r\nopción por parte de la Unidad Ejecutora.\r\n\r\nII) Que existe un número menor de inspectores que aún no ha hecho efectiva\r\nla opción dado que esta Administración ha dispuesto de un plazo hasta el\r\n31 de diciembre de 2007 para ejercerla.\r\n\r\nATENTO: A lo anteriormente expuesto y dispuesto por las Leyes 18.172 y\r\n17.930.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Dispónese el pago de la partida presupuestal establecida en el Art. 243\r\nde la Ley 18.172 para el ejercicio 2007, por concepto de dedicación\r\nexclusiva, a aquellos Inspectores de Trabajo de la Inspección General del\r\nTrabajo y Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,\r\nque hayan hecho uso de la opción prevista en el Art. 240 de la Ley 18.172,\r\na partir del 1º de marzo de 2007, desde fecha en que la misma haya sido\r\naceptada por el Jerarca de la Unidad Ejecutora.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 194/018 de 25/06/2018 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/194-2018/5\" >5</a>.\r\n<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada anteriormente por:</font></b> Decreto Nº 324/015 de 07/12/2015 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/324-2015/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b>\r\n      Decreto Nº 324/015 de 07/12/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/324-2015/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 410/007 de 01/11/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/410-2007/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Inspección General del Trabajo deberá suscribir, conjuntamente con el\r\nMinisterio de Trabajo y Seguridad Social, y el Ministerio de Economía y\r\nFinanzas, dentro de los ciento veinte días de entrada en vigencia del\r\npresente Decreto, un compromiso de gestión, en que se expliciten los\r\nobjetivos y metas que permitirá alcanzar el nuevo régimen de dedicación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-2007/4" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI\r\n " 
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