{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "410" 
  ,"anioNorma" : 1991 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1991. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/03/09/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/08/1991" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/03/1992" 
  ,"vistos" : "      Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos\r\nExtrapresupuestales correspondiente al Ejercicio 1991, presentado por la\r\nUnidad Ejecutora 002 \"Contaduría General de la Nación\", del Programa 002\r\n\"Auditoría interna y contabilidad general de la gestión estatal\" del\r\nInciso 05 \"Ministerio de Economía y Finanzas\".\r\n\r\n     Considerando: que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su\r\npreventivo a las normas específicas que le rigen y ha cumplido con las\r\ndemás disposiciones que regulan la materia.\r\n\r\n     Atento: a lo dispuesto por el artículo 45 del Decreto Ley 14.416 de\r\n28 de agosto de 1975, con la redacción dada por el artículo 45 de la Ley\r\n15.903 de 10 de noviembre de 1987, y a lo informado por la Contaduría\r\nGeneral de la Nación.\r\n\r\n     El Presidente de la República,\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-1991/1" 
 ,"textoArticulo" : "      Apruébase el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos\r\nPúblicos Extrapresupuestales correspondiente al Ejercicio 1991, presentado\r\npor la Unidad Ejecutora 002 \"Contaduría General de la Nación\", del\r\nPrograma 002 \"Auditoría interna y contabilidad general de la gestión\r\nestatal\" del Inciso 05 \"Ministerio de Economía y Finanzas\" por un monto\r\ntotal de N$ 113:000.000.00 (nuevos pesos ciento trece millones) de acuerdo\r\na detalle consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del\r\npresente Decreto. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el \r\nDiario Oficial correspondiente.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-1991/2" 
 ,"textoArticulo" : "      Las versiones de fondos que correspondan a Rentas Generales deberán\r\nhacerse trimestralmente y demostrarse en la respectiva rendición de\r\ncuentas. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-1991/3" 
 ,"textoArticulo" : "      Dése cuenta a la Asamblea General. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/410-1991/4" 
 ,"textoArticulo" : "      Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría\r\nGeneral de la Nación. \r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA\r\n " 
 }