PRORROGA DE EXONERACION DE TRIBUTOS A LA IMPORTACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS PARA PROCESAMIENTO DE LA PRODUCCION FRUTICOLA Y HORTICOLA




Promulgación: 05/07/1977
Publicación: 29/07/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1977
  •    Página: 65
 Visto: estos antecedentes en los cuales la firma Valentín Martínez y Cía.
S.A., solicita se prorrogue la vigencia del decreto 637/972 de 21 de
setiembre de 1972, por el que se exonera de gravámenes a la importación de
maquinarias y equipos industriales destinados a la instalación de nuevas
industrias para el procesamiento de la producción frutícola y hortícola.

  Resultando: I) El precitado decreto fue prorrogado mediante acto
administrativo Nº 885/973 de 18 de octubre de 1973;

II) Argumenta la firma peticionaria que razones ajenas a su voluntad le
han impedido importar una planta procesadora de frutas y hortalizas de
origen argentino, cuya autorización le fue acordada por resolución de 26
de agosto de 1974, al amparo de las normas citadas;

III) Agrega la firma Valentín Martínez y Cía. S.A., que actualmente ha
obtenido el aval del Banco de la República ha tramitado las
correspondientes denuncias de importación y abierta la carta de crédito,
sólo le resta obtener autorización pertinente que le permita gozar de los
beneficios establecidos en el momento en que se iniciaron los trámites de
la operación.

 Considerando: de los asesoramientos técnicos recabados al respecto se
infiere que no existe inconveniente en prorrogar la vigencia del decreto
637/972 de 21 de setiembre de 1972 por un nuevo período de un año máxime
teniendo en cuenta que es de interés nacional promover la instalación de
industrias procesadoras de la producción hortifrutícola con destino a la
exportación.

 Atento: a lo establecido en la ley 12.670 de 17 de diciembre de 1969 y
sus concordantes y a lo informado por el Ministerio de Economía y
Finanzas, la Dirección Nacional de Industrias y la Dirección de
Industrias,

El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

  Prorrógase por el término de un año a partir de la fecha, la vigencia
del decreto 637/972 de 21 de setiembre de 1972 por el que se exonera de
gravámenes a la importación de las máquinas y equipos industriales
destinados a la instalación de nuevas industrias para el procesamiento de
la producción frutícola y hortícola.

Artículo 2

 Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - LUIS H. MEYER - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI
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