APROBACION DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS EXTRAPRESUPUESTALES. EJERCICIO 1992. MINISTERIO DE GANADERIA AGRICULTURA Y PESCA




Promulgación: 31/08/1992
Publicación: 20/10/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
    Visto: los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992,
presentados por las Unidades Ejecutoras del Inciso 07 "Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca".

    Considerando: que las Unidades Ejecutoras gestionantes han ajustado
sus preventivos a las normas específicas que les rigen y han cumplido con
las demás disposiciones que regulan la materia.

    Atento: a lo dispuesto por el artículo 45 del Decreto-Ley No. 14.416
de 28 de agosto de 1975, con la redacción dada por el artículo 45 de la
Ley No. 15.903 de 10 de noviembre de 1987 y a lo informado por la
Contaduría General de la Nación.

                     El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

    Apruébanse los Preventivos Anuales de Ingresos y Egresos de Fondos
Públicos Extrapresupuestales correspondientes al ejercicio 1992,
presentados por las Unidades Ejecutoras del Inciso 07 "Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca", por un monto total de N$ 24.689.140.495.
- (nuevos pesos veinticuatro mil seiscientos ochenta y nueve millones ciento cuarenta mil cuatrocientos noventa y cinco) de acuerdo a detalle
consignado en anexo adjunto, que es parte integrante del presente
Decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 409/992 de 
31/08/1992.
Referencias al artículo

Artículo 2

    Las versiones de fondos que correspondan a Rentas Generales deberán
hacerse trimestralmente y demostrarse en la respectiva rendición de
cuenta. 
Referencias al artículo

Artículo 3

    Dése cuenta a la Asamblea General. 

Artículo 4

    Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República y a la Contaduría
General de la Nación; publíquese, etc.

LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - ALVARO RAMOS
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