DETERMINACION DE LAS CATEGORIAS PROTOCOLARES CON LAS QUE SERAN PRESENTADOS QUIENES OCUPEN FUNCIONES DE DIRECCION EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. DEROGACION DEL DECRETO 360/012




Promulgación: 07/12/2018
Publicación: 14/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: el Decreto 360/012 de 12 de noviembre de 2012;

   RESULTANDO: que los usos y costumbres diplomáticos determinan que los funcionarios que ocupen cargos de Dirección sean presentados con rango de Embajador o Ministro, según corresponda;

   CONSIDERANDO: que la práctica demuestra que resulta necesario actualizar la citada normativa;

   ATENTO: a lo antes expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   El Director General de Secretaría, el Director General para Asuntos Técnico - Administrativos y los Directores Generales serán presentados como Embajadores, con carácter transitorio y a los solos efectos protocolares.

Artículo 2

   Asimismo, podrán ser presentados como Embajadores, los responsables de las Direcciones, Oficinas y Unidades que dependan directamente del señor Ministro y del señor Director General de Secretaría.

Artículo 3

   Los Directores Generales Adjuntos y los Subdirectores Generales, serán presentados como Ministros, con carácter transitorio y a los solos efectos protocolares, siempre que por su cargo presupuestal o por aplicación de lo dispuesto en el artículo siguiente, no les corresponda utilizar un rango superior.

Artículo 4

   Los funcionarios que hubieren desempeñado Jefaturas de Misión con carácter permanente en el exterior podrán continuar utilizando las denominaciones con que fueron presentados, a los solos efectos protocolares.

Artículo 5

   Derógase el Decreto 360/012 de fecha 12 de noviembre de 2012.

Artículo 6

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA
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