DETERMINACION DE LAS CATEGORIAS PROTOCOLARES CON LAS QUE SERAN PRESENTADOS QUIENES OCUPEN FUNCIONES DE DIRECCION EN EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES. DEROGACION DEL DECRETO 360/012
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: el Decreto 360/012 de 12 de noviembre de 2012;
RESULTANDO: que los usos y costumbres diplomáticos determinan que los funcionarios que ocupen cargos de Dirección sean presentados con rango de Embajador o Ministro, según corresponda;
CONSIDERANDO: que la práctica demuestra que resulta necesario actualizar la citada normativa;
ATENTO: a lo antes expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
El Director General de Secretaría, el Director General para Asuntos Técnico - Administrativos y los Directores Generales serán presentados como Embajadores, con carácter transitorio y a los solos efectos protocolares.
Asimismo, podrán ser presentados como Embajadores, los responsables de las Direcciones, Oficinas y Unidades que dependan directamente del señor Ministro y del señor Director General de Secretaría.
Los Directores Generales Adjuntos y los Subdirectores Generales, serán presentados como Ministros, con carácter transitorio y a los solos efectos protocolares, siempre que por su cargo presupuestal o por aplicación de lo dispuesto en el artículo siguiente, no les corresponda utilizar un rango superior.
Los funcionarios que hubieren desempeñado Jefaturas de Misión con carácter permanente en el exterior podrán continuar utilizando las denominaciones con que fueron presentados, a los solos efectos protocolares.