{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "406" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "REGULACION DEL PLAN NACIONAL DE EMERGENCIA SOCIAL. CARNE GRATUITO DE ASISTENCIA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/10/14/20" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/10/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/10/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 906 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: la Ley Nº 17.869 de 20 de mayo de 2005 \"Plan de Atención de la\r\nEmergencia Social y Programa de Ingreso Ciudadano\";\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el Artículo 2º de la misma establece que para la\r\natención de la emergencia social, el Plan de Atención Nacional de la\r\nEmergencia Social, cuya vigencia se estima en dos años a partir de la\r\npromulgación de la citada ley, está compuesto sustancialmente entre otros\r\npor el Programa Emergencia Sanitaria;\r\n\r\nII) que asimismo faculta al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de\r\nDesarrollo Social, a desarrollar las acciones necesarias para el\r\ncumplimiento, instrumentación, ejecución, coordinación y evaluación de\r\nlos programas que integran el citado Plan;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I)  que a efectos de colaborar con la ejecución del\r\nPrograma Emergencia Sanitaria, se estima necesario otorgar a los\r\nbeneficiarios del Plan Nacional de Atención a la Emergencia Social\r\n(PANES), que acrediten su condición de tales, los derechos a la atención\r\nen los Servicios de la Administración de los Servicios de Salud del\r\nEstado del Ministerio de Salud Pública en los Departamentos de Montevideo\r\ne Interior, en igualdad de condiciones con los poseedores del Carné de\r\nAsistencia categoría: \"Carné Gratuito de Asistencia\" establecido en el\r\nartículo 1º literal A) del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 179/2002 de 21\r\nde mayo de 2002;\r\n\r\nII) que de acuerdo a lo expresado corresponde proceder en consecuencia;\r\nATENTO: a lo preceptuado en las Leyes Nos. 9.202 de 12 de enero de 1934,\r\n17.866 de 21 de marzo de 2005 Creación del Ministerio de Desarrollo\r\nSocial y 17.869 de 20 de mayo de 2005 \"Plan de Atención de la Emergencia\r\nSocial y Programa de Ingreso Ciudadano\";\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/406-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Establécese que los beneficiarios del Plan Nacional de Atención a la\r\nEmergencia Social (PANES), que acrediten su condición de tales, tendrán\r\nderecho a la atención en los Servicios de la Administración de los\r\nServicios de Salud del Estado del Ministerio de Salud Pública en los\r\nDepartamentos de Montevideo e Interior, en igualdad de condiciones que\r\nlos poseedores del Carné de Asistencia categoría: \"Carné Gratuito de\r\nAsistencia\", establecida en el artículo 1º literal A) del Decreto del\r\nPoder Ejecutivo Nº 179/2002 de 21 de mayo de 2002. -\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/406-2005/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - MIGUEL FERNANDEZ GALEANO - MARINA ARISMENDI\r\n " 
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