ACTUALIZACION DE LAS MULTAS FIJADAS POR EL CODIGO TRIBUTARIO. AÑO 2011




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 13/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2066
VISTO: lo dispuesto por el artículo 99 del Código Tributario.

CONSIDERANDO: que corresponde actualizar los montos establecidos en los
artículos 95 y 98 del citado Código.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase en $ 210 (pesos uruguayos doscientos diez) y $ 4.400 (pesos
uruguayos cuatro mil cuatrocientos) las multas mínimas y máximas previstas
por los artículos 95° y 98° del Código Tributario.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

 Lo dispuesto en el artículo anterior regirá para el año 2011.

Artículo 3

 Comuníquese, publíquese y archívese.

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO
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