{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "405" 
  ,"anioNorma" : 2007 
  ,"nombreNorma" : "MODIFICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2007/11/07/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/10/2007" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/11/2007" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2007 
  ,"pagina" : 986 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/405-2007?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: las modificaciones al Reglamento General de Prácticos, elevadas por\r\nla Prefectura Nacional Naval a propuesta de la Comisión de Reglamento y\r\nTarifas establecida por el artículo 125 del citado Reglamento.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que la Comisión de Reglamento y Tarifas, instituida por el\r\nartículo 125 del Reglamento General de Prácticos, aprobado por el Decreto\r\n308/986 de 10 de junio de 1986 y modificado por los Decretos 554/991 de 15\r\nde octubre de 1991, 250/001 de 3 de julio de 2001, 273/002 de 17 de julio\r\nde 2002 y 447/002 de 19 de noviembre de 2002, ha trabajado por más de un\r\naño estudiando las distintas sugerencias planteadas para el mejoramiento\r\ndel servicio, su adecuación a la evolución del tráfico marítimo y las\r\nmodificaciones a la tarifa, necesarias para acompañar dicha evolución.\r\n\r\nII) que la mencionada Comisión ha aprobado en forma unánime las\r\nmodificaciones propuestas al Reglamento General de Prácticos.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que las modificaciones al precitado Reglamento General no\r\nvulneran lo dispuesto por la Ley 16.595 de 13 de octubre de 1994, en cuyo\r\nmérito se declaró que el practicaje es un servicio obligatorio no\r\ncomercial y de interés nacional, prestado por profesionales con título\r\nhabilitante e inscriptos en los registros de la Prefectura Nacional Naval.\r\n\r\nII) que asimismo, las modificaciones citadas adecuan el Reglamento General\r\nde Prácticos a las nuevas exigencias del tráfico marítimo, a la política\r\ndel Poder Ejecutivo en orden a mantener y mejorar la calidad y\r\ncompetitividad de los servicios marítimos y portuarios en general, así\r\ncomo las del practicaje en particular y a las políticas comerciales de los\r\ndistintos agentes intervinientes en las actividades portuarias, resultando\r\nlas mismas de indudable conveniencia.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por la Oficina de\r\nPlaneamiento y Presupuesto y a lo dictaminado por las Asesorías Letradas\r\nde la Prefectura Nacional Naval y del Ministerio de Defensa Nacional.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-2007/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Modifícanse los artículos 24, 25, 28, 35, 40, 43, 44, 45, 46, 47, 49, 50,\r\n51, 55, 56, 62, 63, 71, 72, 78, 83, 87, 113, 118 y 121 del Reglamento\r\nGeneral de Prácticos aprobado por el Decreto 308/986 de 10 de junio de\r\n1986 y modificado por los Decretos 554/991 de 15 de octubre de 1991,\r\n250/001 de 3 de julio de 2001, 273/002 de 17 de julio de 2002 y 447/002 de\r\n19 de noviembre de 2002, los que quedarán redactados de la siguiente\r\nmanera: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/405-2007\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-2007/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Habiéndose derogado por el Decreto 273/002 de 17 de julio de 2002, los\r\nartículos 34 y 124 del Reglamento General de Prácticos, restablézcanse de\r\nacuerdo con la siguiente redacción: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/405-2007/2\" >Texto</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-2007/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada -\r\nPrefectura Nacional Naval - para su conocimiento y demás efectos.\r\nCumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " RODOLFO NIN NOVOA - AZUCENA BERRUTTI - VICTOR ROSSI " 
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