REGLAMENTACION DEL IVA AL TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS




Promulgación: 02/10/2003
Publicación: 07/10/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 625
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.651 de 04/06/2003.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Artículo 8

 Transporte internacional. A efectos del Impuesto al Valor Agregado, 
inclúyese en la nómina de exportación de servicios a las operaciones de 
transporte internacional terrestre de pasajeros al exterior de la 
República, correspondientes a las prestaciones realizadas en territorio 
nacional. En los casos de viajes de ida y vuelta y de viajes redondos, 
quedará comprendida en dicha nómina la totalidad del servicio prestado en 
territorio nacional.
El Impuesto al Valor Agregado correspondiente a las adquisiciones de gas 
oil que integren el costo de las operaciones referidas en el inciso 
anterior, no podrá ser deducido en la liquidación de dicho impuesto. 

          
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