COMERCIALIZACION Y ROTULO DEL CONTENIDO LIQUIDO EN MAYONESAS Y SIMILARES EN EL MERCOSUR




Promulgación: 16/10/1996
Publicación: 28/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 932
Referencias a toda la norma
   Visto: la resolución Nº 49/93 del Grupo Mercado Común.

   Resultando: por la misma los Estados Partes acordaron liberar los
contenidos líquidos de las mayonesas y salsas similares a mayonesas y la
forma de indicar en las etiquetas las indicaciones cuantitativas.

   Considerando: que corresponde implementar en nuestro país la resolución
aprobada por el Grupo, en el marco de lo acordado en el art. 13 del
Tratado de Asunción, el art. 10 de la Decisión Nº 4/91 del Consejo del
Mercado Común y la recomendación del Subgrupo Nº 3 "Normas Técnicas".

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República,

                              DECRETA:

Artículo 1

   La comercialización en el ámbito del MERCOSUR, de mayonesas y salsas
similares a mayonesas, no será prohibida ni restringida por razones de
contenidos líquidos.
Referencias al artículo

Artículo 2

   Las indicaciones cuantitativas, deberán estar indicadas en la cara
principal de la etiqueta, precedidas de las unidades de masa/volumen o de
volumen/masa indistintamente.
Referencias al artículo

Artículo 3

   El presente decreto regirá a partir de la fecha de publicación.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - JULIO HERRERA - ALVARO RAMOS
Ayuda