{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "405" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "OTORGAMIENTO DE LA GARANTIA SOLICIADA POR LA COMISION TECNICA MIXTA DE SALTO GRANDE PARA LA REALIZACION DE LAS OBRAS QUE SE DETERMINAN" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/06/02/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "20/05/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "02/06/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 1149 
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  ,"vistos" : "                             AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n\r\nVisto: estos antecedentes en los que la Delegación de la República\r\nOriental del Uruguay en la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande notifica\r\nal Ministerio de Economía y Finanzas de la adjudicación por parte de\r\naquélla del Contrato SG-03 b) Compuertas Planas -para las obras de Salto\r\nGrande,- por un monto de yens 16.000:000.000 equivalente a U$S 55:000.000,\r\na la firma Mitsubishi Heavy Ind. Ltd. y otros de Japón, requiriéndose a\r\ntales efectos la financiación del Export-Import Bank of Japan y otros,\r\ndebiéndose otorgar una garantía por dicho monto por parte de los Gobiernos\r\nde la República Oriental del Uruguay y de la República Argentina.\r\n\r\nConsiderando: que con fecha 5 de diciembre de 1973 se aprobó el Acuerdo\r\npara Reglamentar el Convenio de 30 de diciembre de 1946, del que es\r\nsignatario el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y que fuera\r\naprobado por la ley 12.517 de 19 de agosto de 1958.\r\n\r\nAtento: al inciso final del artículo 14º del referido Acuerdo,\r\n\r\nEl Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Otórguese la garantía solicitada por la Delegación Uruguaya en la\r\nComisión Técnica Mixta de Salto Grande, que cubre la financiación otorgada\r\npor el Export-Import Bank of Japan y otros para la financiación del\r\ncontrato Sg- 03 b) y en los términos previstos en la Carta Garantía que\r\nintegra el Contrato de Préstamo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase al señor Ministro de Economía y Finanzas D. Alejandro Vegh\r\nVillegas, a signar la referida Carta de Garantía, en representación del\r\nGobierno de la República Oriental del Uruguay.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Relaciones\r\nExteriores.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/405-1975/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - GUIDO MICHELIN SALOMON\r\n " 
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