DECLARACION DE INTERES NACIONAL. TURISMO. HOTELES CONDOMINIO




Promulgación: 29/12/2010
Publicación: 13/01/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 2063

Artículo 4

   Los criterios para otorgar los beneficios fiscales así
   como los plazos y procedimientos para que la Comisión de Aplicación
   efectúe la recomendación al Poder Ejecutivo serán los establecidos en
   los artículos 5°, 8°, 9° y 10 del Decreto N° 455/007, de 26 de
   noviembre de 2007 y modificativos, del Decreto N° 2/012, de 9 de enero
   de 2012 y modificativos y del Decreto N° 268/020, de 30 setiembre de
   2020. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 186/023 de 26/06/2023 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 404/010 de 29/12/2010 artículo 4.
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