FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 7 LIBRERIAS Y PAPELERIAS




Promulgación: 11/08/1987
Publicación: 02/09/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Agrégase a la definición de la categoría peón Categoría 1) del área comercial el siguiente texto: "El peón de estado civil casado y que cuente con 3 (tres) años en el cargo, será promovido a la categoría 2 (dos).
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