REGLAMENTACION DEL ART. 23 DE LA LEY 18.834 Y ARTS. 81 Y 82 DE LA LEY 18.362, RELATIVAS A LA POLITICA DE COMPRAS PUBLICAS SOSTENIBLES




Promulgación: 03/12/2018
Publicación: 11/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 23,
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 81 y 82.

POLITICA DE COMPRAS PUBLICAS SOSTENIBLES

Artículo 6

   Son cometidos del Consejo Asesor en Compras Públicas Sostenibles:

   *    Brindar asesoramiento sobre los planes de acción de acuerdo a los
        lineamientos que emanen de la política de Compras Públicas
        Sostenibles.

   *    Contribuir a la ejecución y divulgar la política y los planes de
        acción en materia de Compras Públicas Sostenibles.

   *    Contribuir al diseño e implementación del monitoreo así como a la
        mejora continua de la política y los planes de acción en materia
        de Compras Públicas Sostenibles.

   *    Proponer e impulsar medidas para que la política de Compras
        Públicas Sostenibles sea parte de la agenda de política
        nacional.
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