REGLAMENTACION DEL ART. 23 DE LA LEY 18.834 Y ARTS. 81 Y 82 DE LA LEY 18.362, RELATIVAS A LA POLITICA DE COMPRAS PUBLICAS SOSTENIBLES




Promulgación: 03/12/2018
Publicación: 11/12/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 23,
      Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículos 81 y 82.

POLITICA DE COMPRAS PUBLICAS SOSTENIBLES

Artículo 4

   La política de Compras Públicas Sostenibles se basará en los siguientes lineamientos estratégicos:

   *    Coordinación interinstitucional para el fomento de las Compras
        Públicas Sostenibles, procurando una adaptación gradual de los
        mecanismos de adquisición de los organismos públicos a las
        mejores prácticas en términos de sustentabilidad.

   *    Promoción de mecanismos de diálogo con el sector privado
        procurando y generando mecanismos que estimulen la oferta de
        productos con características deseables en términos de
        sustentabilidad.

   *    Promoción de acciones de formación de recursos humanos, de
        investigación y divulgación en la temática de las Compras
        Públicas Sostenibles, tanto en el Estado, como en empresas y
        sociedad civil, con el fin de concientizar sobre la relevancia de
        la consideración de factores ambientales, de cumplimiento de
        normativa laboral y gestión eficiente de los recursos públicos.

   *    Promoción de instrumentos de fomento a la comunicación
        responsable y científicamente válida sobre características
        económicas, ambientales y sociales de los productos.

   *    Promoción de procesos de compras públicas que desarrollen una
        cultura de cumplimiento de la legislación laboral y la inclusión
        de sectores en situación de vulnerabilidad socioeconómica.

   *    Impulso del etiquetado ambiental como forma de promover las
        Compras Públicas Sostenibles.

   *    Promoción de las normativas técnicas, directrices y lineamientos
        que regulen las Compras Públicas Sostenibles.

   *    Revisión periódica y actualización de los criterios de Compras
        Públicas Sostenibles adecuándolos a las exigencias de desarrollo
        del mercado y cambios en las tecnologías y prácticas de
        producción.
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