REGLAMENTACION DE LA LEY 19.771, RELATIVO AL OTORGAMIENTO Y USO DE VIATICOS A LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS




Promulgación: 23/12/2019
Publicación: 03/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.771 Derogada/o de 12/07/2019.

Artículo 4

   PAGO: El pago de viáticos estará sujeto a las siguientes condiciones, las que serán consideradas conjuntamente:
   a) Resolución ó Formulario de anticipo de viático autorizado, que encomiende el desempeño de tareas fuera del lugar de trabajo, dentro del país;
   b) Lugar de desempeño de la comisión: no menor de 50 (cincuenta) kilómetros del lugar habitual de trabajo;
   c) Horario de la comisión: debe ser realizada total o parcialmente fuera del horario habitual de trabajo.
   Las comisiones que no generen gastos no devengarán viáticos.
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