{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "401" 
  ,"anioNorma" : 2006 
  ,"nombreNorma" : "EXONERACION TRIBUTARIA PARA COMBUSTIBLES DE GENERACION TERMICA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2006/11/07/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/10/2006" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/11/2006" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 2 
  ,"anio" : 2006 
  ,"pagina" : 1053 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/401-2006?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la situación que atraviesa el mercado generador de energía \r\neléctrica.\r\n\r\nRESULTANDO: I) que en virtud de la misma se aprobó el Decreto N° 133/004 por el cual se exoneró a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) de todo tributo aplicable a las operaciones efectuadas con los combustibles empleados en la generación térmica.\r\n\r\nII) que posteriormente los Decretos Nos. 391/004, 153/005, 518/005 y 122/006 extendieron el plazo de exoneración si se mantenía incambiada la situación.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que el mencionado Decreto N° 122/006 tiene vigencia hasta el 13 de octubre de 2006.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/401-2006/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Extiéndase la aplicación del Decreto N° 122/006 de 24 de abril de 2006 por el término de ciento ochenta días a contar desde el 14 de octubre de 2006.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Ver vigencia:</font></b> Decreto Nº 329/007 de 03/09/2007 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/329-2007/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/401-2006/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - MARTIN PONCE DE LEON\r\n " 
 }