PRORROGA Y REDUCCION DE APORTE PATRONAL DE CONTRIBUCION ESPECIAL DE SEGURIDAD SOCIAL. TRANSPORTE TERRESTRE. TRANSPORTE DE CARGA




Promulgación: 29/12/2000
Publicación: 08/01/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 1246
VISTO: lo dispuesto por el Decreto 245/2000 y el artículo 285 del 
Proyecto de Ley de Presupuesto del período 2000-2004.-

RESULTANDO: que en los mismos se proponen rebajas en las contribuciones 
patronales a la seguridad social para las empresas de transporte de carga 
para terceros.-

CONSIDERANDO: I) conveniente prorrogar el régimen de beneficios 
transitorio para dicho sector de actividad durante el transcurso del 
trámite parlamentario correspondiente y hasta tanto se dicte la 
reglamentación de la Ley de Presupuesto.

II) que la Ley Nº 17.243, de 29 de junio de 2000, en su artículo 2º 
faculta al Poder Ejecutivo, entre otras modalidades, a reducir los 
aportes patronales por sector de actividad.-

ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 168 numeral 4) de la Constitución 
de la República.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Prorrógase hasta el 31 de mayo de 2001 el régimen establecido por el 
Decreto 245/2000 reduciendo en 6 puntos porcentuales la tasa de aportes 
patronales a la seguridad social del sector transporte terrestre 
profesional de carga para terceros.-

Artículo 2

 En los casos de empresas que en forma simultánea desarrollen otra 
actividad distinta a la referida, la materia imponible correspondiente, 
se determinará por el procedimiento establecido en el Decreto 245/2000, 
de 20 de agosto de 2000.-

Artículo 3

 Dese cuenta a la Asamblea General.-

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.-

BATLLE - LUCIO CACERES - ALBERTO BENSION - ALVARO ALONSO


Ayuda