TARIFAS PUBLICAS




Promulgación: 08/09/1993
Publicación: 17/09/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: estos antecedentes relacionados con el incremento adicional
de las tarifas de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado,
para los servicios de suministro de agua y saneamiento;

      Resultando: I) que de acuerdo al informe de sus departamentos
técnicos, respaldado por la Gerencia General del referido Organismo, con
relación al diagnóstico sobre los Sistemas de Abastecimiento de Agua
Potable, surge como conclusión general que la Administración se encuentra
aun a pesar de las obras en ejecución y ejecutadas, de los últimos años,
en una situación de insuficiencia de inversión que es necesario revertir;

      II) que esta situación conlleva el riesgo de deterioro de la calidad
del servicio. En particular el Sistema Montevideo, se encuentra en una
situación que de no solucionarse afectará, a corto y mediano plazo la
continuidad del Servicio;

      III) que el alcance de la situación descripta precedentemente no
solamente afecta a la población servida, sino también a la población que
aún no cuenta con el Servicio de Abastecimiento de Agua Potable reflejada
en una demanda creciente e insatisfecha y que es disimulada como una
demanda aparentemente reducida debido a la falta de respuesta en la
ejecución de las obras necesarias;

      IV) que es ineludible un incremento adicional de la tarifa vigente
para llevar adelante las importantes e imprescindibles obras que de otra
manera sería imposible efectuar por falta de recursos;

      Considerando: que asimismo se estima que si en un plazo de 12 meses
el Organismo recaudara lo suficiente para lograr la financiación de las
obras a realizar, en esa instancia podría rebajarse o eliminarse esta
tarifa adicional;

      Atento: a lo preceptuado por el inciso b) del artículo 11º de la Ley
11.907, Orgánica de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado.

                     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

      Apruébase el adjunto incremento adicional en las tarifas de agua y
alcantarillado de la Administración de las Obras Sanitarias del 
Estado. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - MANUEL ANTONIO ROMAY - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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