MODIFICACION DE LOS MONTOS IMPONIBLES DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCION INMOBILIARIA URBANA, SUBURBANA Y RURAL. EJERCICIO 1980




Promulgación: 23/07/1980
Publicación: 30/07/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1980
  •    Página: 219
   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Salto en la que
solicita la modificación de los montos imponibles de los Impuestos de
Contribución Inmobiliaria Urbana, Suburbana y Rural para el ejercicio
1980.

   Considerando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión como el Tribunal de Cuentas han otorgado la conformidad para que
se proceda en la forma solicitada.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la Intendencia Municipal de Salto a modificar las bases de
imposición de Contribución Inmobiliaria Urbana, Suburbana y Rural.

Artículo 2

   El estudio del mayor producido de los nuevos recursos, así como su
destino deberá ser incorporado en la próxima modificación presupuestal.

Artículo 3

   Para el cálculo de la Contribución Inmobiliaria Urbana, Suburbana y
Rural del año 1980, se aplicará el decreto 248/979, de 9 de mayo de 1979,
que fija un índice de actualización del 1,40 sobre el Valor Real 1977.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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