AÑO DE LA ORIENTALIDAD
Visto: que es costumbre el otorgamiento de condecoraciones, títulos,
distinciones honoríficas y presentes a los funcionarios diplomáticos de la
República por parte de Gobiernos e Instituciones oficiales y privadas
extranjeras.
Resultando: I) Que con tal motivo los Representantes Diplomáticos
consultan a la Cancillería sobre el temperamento a adoptar;
II) Que se considera necesario regular el procedimiento a los fines
indicados precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Los funcionarios del Servicio Exterior de la República, en el ejercicio de
sus funciones, podrán aceptar condecoraciones, títulos, distinciones
honoríficas y presentes que les fueren ofrecidos por Gobiernos e
Instituciones oficiales y privadas extranjeras, previa autorización
expresa del Ministerio de Relaciones Exteriores.