INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO INTERNO LA DECISION N° 26/07 DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN DEL MERCOSUR (CMC). POLITICA DE PROMOCION Y COOPERACION EN PRODUCCION Y CONSUMO SOSTENIBLES EN EL MERCOSUR




Promulgación: 27/01/2015
Publicación: 03/02/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la Decisión N° 26/07 del Consejo Mercado Común, que aprobó la "Política de Promoción y Cooperación en Producción y Consumo Sostenibles en el MERCOSUR";

   RESULTANDO: I) que por Decisión N° 14/06 del Consejo Mercado Común, se aprobaron las directrices de gestión ambiental y producción más limpia destinadas a complementar el Programa Foros de Competitividad de la Cadenas Productivas del Mercosur, constituyendo un antecedente, de la decisión que por la presente se incorpora;

   II) que por la Decisión N° 26/07 referida, se indicó que los Estados Partes a través de sus organismos competentes serán encargados de implementar de manera coordinada la "Política de Promoción y Cooperación en Producción y Consumo Sostenibles en el MERCOSUR";

   CONSIDERANDO: I) que se entiende de gran relevancia, el adecuado desempeño ambiental de los sectores productivos como estrategia de mejora de su competitividad y eficiencia, así como para la optimización del uso de recursos naturales, materias primas e insumos y la sustitución de materiales por otros menos contaminantes, minimizando emisiones y residuos;

   II) que la implementación y aplicación de metodologías y tecnologías ambientales preventivas y el desarrollo de productos y servicios que generen el menor impacto ambiental, en un plano de equidad social y prosperidad económica, forman parte fundamental de la política ambiental nacional, prevista en la Ley General de Protección del Ambiente;

   III) que es adecuado proceder de acuerdo al compromiso asumido, poniendo en vigencia en el derecho positivo nacional, la norma emanada del Grupo Mercado Común referida;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Protocolo de Ouro Preto, aprobado por la Ley No 16.712, de 1° de setiembre de 1995 y la Ley N° 17.283, de 28 de noviembre de 2000;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico interno de la Decisión N° 26/07 del Consejo Mercado Común, por la que se aprobó la "Política de Promoción y Cooperación en Producción y Consumo Sostenibles en el MERCOSUR", que figura en el anexo del presente decreto. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   Póngase en conocimiento de la Secretaría del MERCOSUR. 

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese etc.

JOSÉ MUJICA - FRANCISCO BELTRAME - LUIS ALMAGRO - MARIO BERGARA -
ROBERTO KREIMERMAN - ENZO BENECH
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