PROHIBICION DE IMPORTACION DE VEHICULOS USADOS. NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR - PROHIBICION DE IMPORTACION DE MOTOCICLOS USADOS




Promulgación: 01/02/2002
Publicación: 15/02/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 197

Artículo 6

 Quedan también exceptuados de la prohibición de importación establecida 
en este decreto, los vehículos considerados sport y clásicos de acuerdo a 
la reglamentación que establezca la Dirección Nacional de Industrias, con 
más de veinte años de antigüedad y cuyo destino sea exhibición o 
participación en competencias.
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