RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA DEL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA. REGIMEN DE VACANCIAS




Promulgación: 07/01/1994
Publicación: 19/01/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 11
      Visto: lo dispuesto por el artículo 308 de la Ley No. 16.320 de 01
de noviembre de 1992;

     Resultando: I) que la cantidad de vacantes de ingreso existentes al
31 de diciembre de 1993 no es suficiente para dar cumplimiento a la
presupuestación de la totalidad de los Suplentes  y Contratados que a la
fecha revisten dicha calidad;

     II) que se hace necesario la definición de un criterio objetivo que
no lesione los derechos de Suplentes y Contratados, en virtud de lo
dispuesto por el artículo 22 del Decreto del Poder Ejecutivo  No. 309/986
de 10 de junio de 1986 que estatuye a los suplentes el carácter de
funcionarios públicos eventuales;

     Atento: atento a lo precedentemente expuesto;

     El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

    El Ministerio de Salud Pública dará cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 308 de la Ley No. 16.320 de 1 de noviembre de 1992 conforme a los
criterios que se exponen a continuación y por su orden:
     a) Funciones vinculadas a la atención directa de la salud.
     b) Antigüedad.
     c) Asistencia Certificada por el Jerarca de la Unidad
Ejecutora en la que presta servicios. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
Ayuda