PRORROGA DE VIGENCIA DEL REGIMEN DE IMPORTACION DE CUEROS




Promulgación: 07/01/1976
Publicación: 28/01/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 31
Referencias a toda la norma
Visto: la nota elevada por la Comisión creada por el decreto 1.025/974, de
19 de diciembre de 1974.

Resultando: I) Que por dicho decreto, prorrogado por el decreto 495/975 de
18 de junio de 1975, se estableció un régimen amplio para la importación
de cueros y se dictaron otras medidas promocionales para las industrias de
ese sector;

II) Que la Comisión sugiere prorrogar la vigencia de las normas contenidas
en el decreto mencionado.

De conformidad: con lo informado por esa Comisión,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Prorrógase hasta el 30 de junio de 1976, la vigencia de la disposición
establecida en el artículo 1º del decreto 1.025/974, de 19 de diciembre de
1974 y hasta el 31 de diciembre de 1976, la vigencia de las disposiciones
referidas en los artículos 2º al 5º inclusive, de dicho decreto.
Referencias al artículo

BORDABERRY - ADOLFO CARDOSO GUANI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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